Condiciones Generales de Venta

Información legal:

Casanova Golf & Experiencias Culturales (Casanova Golf, SL) es una empresa que cuenta con licencia de agencia de viajes protegiendo a cada uno de sus clientes mediante el cumplimiento de todas las obligaciones legales y financieras establecidas en la legislación española para las agencias de viaje minoristas. Con dirección comercial en Avda. Felipe II, 6, Semisótano Dcha, 28006 Madrid, España, CIF: B86921913. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 31.817, Folio 172, Hoja M-572575.  Licencia CICMA 2969 Las presentes condiciones generales complementan su contrato de viaje combinado donde se especifican las condiciones particulares de su reserva. El objeto de dicho contrato es el folleto o presupuesto a medida y la documentación con la descripción del contenido de su viaje. Lea atentamente su contrato antes de firmarlo como prueba de aceptación de dichas condiciones..  

1.   Regulación jurídica

Las presentes Condiciones Generales están sujetas a lo dispuesto en al Real Decreto Ley 23/2018 sobre viajes combinados y servicios de viajes vinculados, que modifica el Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre, con el texto refundido de la ley general de defensa de los consumidores y usuarios y otras leyes complementarias. La agencia minorista se compromete a informar al viajero de la existencia del contrato y sus condiciones generales y particulares.

2.   Organización

La organización de estos viajes combinados ha sido realizada por CASANOVA GOLF S.L. C.I.F B86921913, con dirección en Avda. Felipe II, 6, Semisótano Dcha, título/licencia nº CICMA 2969. Para cualquier consulta, puede dirigirse al correo electrónico info@golfcasanova.com Las presentes condiciones generales complementan su contrato de viaje combinado donde se especifican las condiciones particulares de su reserva. El objeto de dicho contrato es el folleto o presupuesto a medida y la documentación con la descripción del contenido de su viaje. Lea atentamente su contrato antes de firmarlo como prueba de aceptación de dichas condiciones.
  • Elementos del viaje El viaje combinado circuito regular consiste en un paquete de servicios de transportes y/o actividades a lo largo de un itinerario organizado en jornadas y etapas, compartidos con otros viajeros reunidos por diferentes organizadores en destino, posiblemente de diferentes nacionalidades.
El idioma de los servicios proporcionados por defecto es el español, quedando expresamente indicada cualquier variación del idioma en el momento de la oferta del viaje.
  • El viaje combinado privado consiste en un paquete de servicios contratados solamente para el disfrute los viajeros de la reserva. Queda excluida la privacidad en el caso de los medios de transporte colectivos, restaurantes, monumentos y otros espacios comunes, salvo la contratación expresa de privatización de dichos servicios en el contrato.
  • El viaje con coche de alquiler o “fly & drive” consiste en un paquete de servicios en los que el medio de transporte en destino es fundamentalmente un vehículo alquilado para realizar el recorrido con conducción por uno de los viajeros. La ruta que recorrer por dicho vehículo será libre, al margen de las recomendaciones de itinerario indicados en la oferta del viaje y la documentación, quedando fijados en la ruta tan solo los alojamientos para pernoctar cada noche, y las oficinas de recogida y devolución del vehículo de alquiler. Se deberá respetar las normas de cruce de fronteras y condiciones específicas facilitadas por el proveedor local del vehículo. En algunos destinos, es obligatorio realizar el prepago de un sistema de peaje electrónico o impuestos de circulación o tasa ecológica o tasa de acceso a centros urbanos, cuyo detalle informativo se facilita junto con la documentación del viaje. Este tipo de viaje requiere indicar el conductor principal del vehículo en el momento de la solicitud de reserva del viaje, quien además deberá ser el titular de una tarjeta de crédito (no débito) que se requerirá en el momento de la recogida del vehículo en destino. La tarjeta deberá tener el crédito suficiente para cubrir el importe de la franquicia a retener, cuyo importe varía en función de la divisa local, el proveedor y la categoría del vehículo contratado. El importe de dicha franquicia se anticipará como orientación de manera informativa en el momento de la confirmación de la reserva y se especificará en la documentación para el viajero. La posible reducción de la franquicia se ofrecerá en forma de un seguro opcional en el momento de la recogida del vehículo. La responsabilidad del conocimiento de las normas de circulación, de uso de cinturón de seguridad y de dispositivos para los niños de cada destino es de los viajeros.
  • El viaje combinado de estancia o combinado de estancias consiste en un paquete de servicios de alojamiento/s y al menos otro servicio adicional que puede consistir en el transporte entre origen y destino, transportes o actividades en destino.
  • El viaje combinado de crucero consiste en un paquete de servicios que incluye al menos un servicio de crucero con pernoctación a bordo. Los cruceros que se adentran en aguas internacionales conllevan un ámbito legal especial y por tanto, la contratación de seguros opcionales diferentes a los del viaje combinado terrestre, en caso de desear añadirlos al contrato.
  • El viaje combinado a medida consiste en un paquete de servicios seleccionados y cotizados en una oferta específicamente diseñada para el viajero, al margen de los viajes ofertados en catálogos físicos y digitales. La extensión de un viaje combinado consiste en la ampliación de cualquiera de los viajes combinados anteriormente descritos mediante un paquete adicional de servicios en el mismo u otro destino, resultando la suma del total de los servicios como un único viaje combinado a efectos de contrato y características legales.
Alojamientos
  • Los alojamientos del viaje combinado incluyen por defecto habitaciones dobles en categoría básica o estándar, salvo que se explicite otra categoría de habitación en el contrato. En aquellos países en que existe un sistema oficial de clasificación de hospedajes, la oferta del viaje recoge dicha clasificación en la información del alojamiento. En los destinos en los que no exista un sistema oficial de clasificación, el Organizador ofrece una categoría de manera orientativa, basada en la comparativa de unos alojamientos y otros del destino en función de la expectativa del consumidor español. Es deber de la agencia minorista asesorar acerca de la expectativa del viajero de la categoría de los alojamientos respecto a la situación real de los mismos, en este caso.
  • Los alojamientos de un viaje combinado de tipo circuito podrán ser sustituidos por otros de similares características respecto a los originalmente ofertados o confirmados, cuando haya motivos organizativos que lo justifique. Los cambios se informarán al viajero por norma general antes de la salida de su viaje, y a la mayor brevedad posible desde el momento que se produzca el cambio en el caso de incidencias o fuerza mayor.
  • Los alojamientos permiten la ocupación de las habitaciones dependiendo de su normativa local. En general, la hora de ocupación de las habitaciones es las 14:00h y la hora de desocupación de estas es a las 12:00h del día  de salida del hotel. Las llegadas con antelación a la hora de ocupación habitual o la salida tardía deben solicitarse como servicio adicional en el contrato y suelen conllevar un coste que se debe aceptar antes de su reserva, pudiendo llegar a ser el importe de una noche adicional completa.
  • Las habitaciones triples o múltiples generalmente consisten en habitaciones dobles de una o dos camas a la que se añaden camas supletorias. Las camas adicionales suelen consistir en una cama plegable o sofá-cama. Son excepción a esta norma general los alojamientos en destinos donde es costumbre el uso de dos camas grandes, donde la capacidad de hasta 4 personas queda incluida en el mobiliario habitual del alojamiento y cualquier necesidad de cama adicional debe solicitarse expresamente a medida, con el posible coste adicional.
  • Hay ciertos hoteles cuya disponibilidad de camas de matrimonio es limitada. Por ello, salvo indicación contraria, las camas de matrimonio quedan sujetas a disponibilidad en el momento de la llegada del viajero al hotel, incluso cuando se trata de viajes de luna de miel, aunque siempre se hará lo posible por confirmarlas en este caso. Las soluciones de alojamiento de tipo habitaciones contiguas o conectadas, con determinadas vistas, con determinada decoración, con determinado número de camas, ubicadas en determinada zona del establecimiento, etc. que no conlleve un cargo adicional que expresamente garantice esta característica, quedan sujetas a disponibilidad en el momento de la entrada al alojamiento y no se pueden garantizar durante el proceso de reserva.
  • En el caso de los alojamientos de tipo apartamento, al hacer la reserva el viajero debe indicar claramente el total de ocupantes que habrá en el mismo, sin omitir los niños y bebés. Cualquier discrepancia entre lo comunicado al realizar la reserva y el momento de entrega del apartamento, puede conllevar que el establecimiento deniegue la entrada de las personas no declaradas, no habiendo derecho a la reclamación de este hecho. Los apartamentos pueden requerir la entrada en un determinado día de la semana y aplicar suplementos por menos de 7 noches de estancia.
  • En el caso de un alojamiento con oferta de vistas al mar, dichas vistas podrían quedar parcialmente obstaculizadas por el crecimiento de la vegetación o elementos temporales de obras o mantenimientos ajenos al establecimiento, no siendo responsable el Organizador, la agencia minorista ni el alojamiento.
Los regímenes alimentarios ofertados por los hoteles suelen ser de:
  1. Sólo alojamiento: sin comidas incluidas
  2. Alojamiento y desayuno: consiste en el servicio de desayuno Salvo que se exprese otra modalidad, el desayuno incluido en los alojamientos es de tipo continental.
  3. Media pensión: consiste en el servicio de desayuno y otra comida adicional (almuerzo o cena, según especifique el contrato) incluidos en el
  4. Pensión completa: consiste en el servicio de desayuno, almuerzo y cena incluidos en el El régimen suele comenzar con la cena de la primera noche y acabar con el desayuno del día de salida del alojamiento.
  5. Todo incluido: consiste en el servicio de desayuno, almuerzo y cena, además del consumo libre de ciertas comidas y bebidas en los espacios que el alojamiento habilite para ello, durante el horario que especifiquen las normas de este régimen. Los elementos de comida y bebida que quedan incluidos y excluidos de esta modalidad de régimen es exclusiva de cada alojamiento y debe consultar dicha normativa antes de comenzar el consumo para evitar cargos adicionales no deseados causados por consumos no incluidos en el paquete Todo
Por norma general, las bebidas no están incluidas en los almuerzos y cenas. Los restaurantes y espacios en los que se ofrecen los servicios de comidas tienen horarios determinados que deben estar publicados en lugar visible en el alojamiento. Habitualmente, se ofrecen las cenas incluidas siempre que la llegada al hotel se produzca antes de las 20:00h. En el caso de que la salida del hotel se produzca a una hora más temprana que la apertura del restaurante del desayuno, es posible que el hotel ofrezca un servicio sustitutivo de desayuno para llevar que se deba solicitar con la debida antelación en la recepción, pero el alojamiento no está obligado a ofrecer dicha alternativa. Cualquier ventaja gratuita ofrecida para aniversarios, lunas de miel y otros eventos, quedan sujetos a disponibilidad en el momento de la estancia. Algunos alojamientos recaudan en el momento de la entrada o salida definitiva del establecimiento un impuesto o tasa de pernoctación, cuyo importe será informado orientativamente en su documentación de viaje, quedando cualquier variación imprevista de dicho importe en manos de las autoridades locales y ajeno al Organizador o la agencia minorista. Vuelos regulares y especiales Los vuelos especiales consisten en transportes aéreos programados fuera de las frecuencias habituales de la compañía aérea, quedando su gestión de la venta bajo la responsabilidad de una empresa tercera a la propia compañía. Los vuelos especiales están sujetos a modificación de horarios en función de las indicaciones de las autoridades aeroportuarias. Los horarios de vuelos especiales informados hasta 72 horas antes de la salida de este son orientativos y quedan sujetos a reconfirmación en este plazo por el Organizador o a través de  www.aena.es. Algunas compañías aéreas regulares comparten sus operativas con otras compañías. En este caso, ciertos transportes aéreos se realizarán con la compañía operadora del vuelo que puede no figurar explícitamente en el billete aéreo ni en el contrato de la reserva debido al uso de los códigos compartidos por partes de las diferentes compañías que comercializan ese vuelo. Circuitos o tours en grupo Según el número final de participantes, los autocares de un circuito pueden variar en sus características y consistir en un minibús o furgoneta. En la descripción de cada circuito se indicará si el autocar previsto dispone de aire acondicionado o WiFi a bordo, entendiéndose que no lo tiene si no se explicita. En todos los casos, el diseño, modelo, configuración y seguridad de los vehículos responderán a la normativa de cada destino, así como las horas de uso y tiempos de circulación, que pueden ser diferentes a la legislación vigente en España. Viajes privados En el viaje privado cotizado a la medida para disfrute exclusivamente de los viajeros que lo contratan, lo habitual será el disfrute privado y en exclusiva de vehículos de desplazamiento, asistencias y guías, quedando excluidos los transportes de naturaleza colectiva como los ferry, trenes, funiculares, etc y eventos o los espacios públicos, como museos, teatros, restaurantes, etc. En el viaje de tipo circuito privatizado con un suplemento, se disfrutará de un vehículo y guía-conductor en privado, pero la organización del viaje se podrá producir en paralelo a otros viajeros que realizan el mismo itinerario y se compartirán las visitas guiadas oficiales de las ciudades, restaurantes y zonas comunes de los alojamientos, salvo indicación contraria en el contrato y documentación del viaje.  
  1. Información precontractual y proceso de contratación

El Organizador presentará una oferta al viajero de manera física o digital cuyo contenido estará asociado a un folleto o presupuesto a medida. Las personas con movilidad reducida que deseen consultar cualquier necesidad especial a fin de valorar la viabilidad de contratar el viaje según las características y contenido del mismo deberán poner en conocimiento la agencia minorista dichas necesidades para facilitar la información a los proveedores y responder la consulta con la máxima precisión. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento CE 1107/2006, se entiende como persona de movilidad reducida, toda persona cuya movilidad para participar en el viaje se halle reducida por motivos de discapacidad física (sensorial o locomotriz, permanente o temporal), discapacidad o deficiencia intelectual, o cualquier otra causa de discapacidad, o por la edad, y cuya situación requiera una atención adecuada y la adaptación a sus necesidades particulares del servicio puesto a disposición de los demás participantes en el viaje.” Antes de la aceptación por parte del viajero se le presentará la información precontractual que no se haya facilitado hasta el momento, así como el formulario de información normalizada legalmente para los contratos de viaje combinado. Tras la aceptación del viajero, el mismo efectuará un depósito a la agencia minorista y el Organizador realizará las gestiones necesarias para reservar a los proveedores los servicios de viaje solicitados. En el supuesto de que alguno de estos servicios no pueda ser confirmado por falta de disponibilidad, se ofrecerá otro de características similares, indicando el nuevo precio si correspondiese, que el cliente podrá aceptar o rechazar. En caso de rechazo, cualquier depósito entregado será reembolsado en su totalidad. Una vez acordada la reserva concreta de servicios y sus precios se comunicarán mediante un escrito de confirmación. A partir de ese momento, se entiende que el contrato queda perfeccionado y entran en vigor los plazos de pago, obligaciones, derechos y condiciones de cancelación pactados. Antes de la salida del viaje, la agencia minorista hará entrega al viajero de la documentación necesaria para la obtención de los servicios durante el viaje. El Organizador y la agencia minorista no serán responsables de errores en la reserva provocados por la transmisión errónea de información por parte del viajero. Cualquier cargo derivado de la corrección de dichos errores será puesto en conocimiento del viajero antes de proceder a la enmienda y su importe pasará a formar parte del viaje combinado. El pago total del viaje debe producirse en los plazos designados en el contrato, siempre antes de la salida de este. En caso de no abonar el precio total en las circunstancias acordadas, se entenderá que el viajero desiste del viaje, y se podrán aplicar las condiciones de cambio, cesión o cancelación indicadas en el contrato.
  1. Precio

Conceptos incluidos en el precio
  • Los precios de los viajes combinados del Organizador incluyen todos los servicios incluidos en el contrato de viaje combinado.
  • Los precios de los viajes combinados no pueden desglosarse por servicios, debido al carácter especial de sus tarifas.
  • Los precios no incluyen por regla general visados, tasas de aeropuerto o puerto, tasas de entrada o salida del país, tasas de pernoctación, servicios anunciados como pagaderos en destino, certificados de vacunación, regímenes alimenticios especiales, bebidas en las comidas, servicios de hotel opcionales distintos del alojamiento, upgrades de vuelos y alojamiento, entrada temprana o salida tardía de hoteles, ventajas promocionales gratuitas sujetas a disponibilidad en destino, asistencias médicas o personales, propinas, excursiones facultativas, teléfono, extras personales o cualquier otro concepto que no se especifique expresamente como incluido en el contrato de viajes combinado. Se añadirán los impuestos indirectos (I.V.A., I.G.I.C., etc), cuando sean aplicables.
Excursiones o actividades facultativas En el caso de excursiones o actividades opcionales o facultativas no contratadas en origen, debe tenerse presente que no forman parte del contrato de viaje combinado. El contenido publicado en folleto o presupuesto tiene mero carácter informativo y el precio debe considerarse como un estimado y puede variar respecto al precio final en destino. Por otra parte, dichas excursiones serán ofrecidas al viajero con sus condiciones específicas y precio definitivo de forma independiente, no garantizándose hasta el momento de su confirmación la posible realización de estas.  Propinas Las propinas voluntarias a guías, conductores, maleteros y camareros no están incluidas en el viaje combinado. En algunos destinos como Canadá, países de Oriente Medio, Norte de África, etc., la costumbre de pagar propinas a guías y/o conductores están tan arraigadas que se piden abiertamente a los viajeros durante el viaje. En el caso de esta costumbre, el Organizador procurará informarlo en su documentación junto con un importe estimado, quedando no obstante el pago de estas propinas en la decisión voluntaria del viajero en última instancia. Cualquier concepto de pago obligatorio será informado en la oferta del viaje. En el caso de los cruceros, no están incluidas en el precio del viaje las incorrectamente denominadas propinas, que consiste en un importe destinado directamente al personal de servicio del barco, y son un elemento obligatorio del viaje de pago en destino, cuyo importe será avisado desde el momento de la oferta o presupuesto del viaje. Revisión de precios El precio de los viajes combinados ha sido calculado en base a los tipos de cambio de moneda, las tarifas de transportes, costes del carburante o de otras fuentes de energía, tasas e impuestos, incluidas las tasas, impuestos y recargos turísticos de aterrizaje y de embarque y desembarque en puertos y aeropuertos en la fecha de edición del folleto o fecha de cotización del presupuesto a medida. Eventos especiales como ferias, congresos, eventos gubernamentales y periodos de puentes o festividades locales puede implicar alteración del precio del viaje respecto al anunciado en el catálogo. Cualquier variación del precio del viaje podrá dar lugar a la revisión del precio final del viaje tanto al alza como a la baja. Estas modificaciones serán notificadas por escrito al viajero y en ningún caso se revisará al alza el precio del viaje en los 20 días inmediatamente anteriores a la fecha de salida. Si el aumento de precio excede del 8% del precio del viaje combinado, el viajero podrá poner fin al contrato sin penalización. En caso de petición de la revisión a la baja de los precios al Organizador, se deducirá del reembolso cualquier gasto administrativo derivado de las gestiones realizadas. Precios especiales para niños Para conocer la opción de precios especiales para niños, se deben consultar en cada caso, dado que dependen de los servicios incluidos en el viaje y las normativas y descuentos ofertados por cada proveedor. Los importes suelen variar en función de la edad de los niños y de las condiciones en que compartan los servicios con los adultos a los que acompañan, siendo a veces el caso de que los precios especiales de niños estén condicionados a que haya al menos dos adultos en la reserva y en caso de que solo haya un adulto, al primer niño aplicarían precios de adulto en algunos servicios. Cualquier precio especial de niño se indicará en la propuesta y quedará confirmado en el contrato. Depósitos, fianzas y seguros opcionales de actividades en destino Determinados proveedores de servicios pueden requerir al viajero antes de la prestación del servicio que aporten una fianza o una garantía en previsión del posible consumo de extras o para la cobertura de posibles daños en instalaciones y vehículos cuya cobertura queda fuera del seguro del viaje combinado. Es obligación del viajero leer la documentación relacionada con estos servicios y su depósito, fianza o seguro adicional, quedando el teléfono de asistencia del Organizador a disposición para superar cualquier barrera de idioma en el entendimiento de dicha información. En el caso de aceptación y firma de cualesquiera condiciones adicionales de servicios en destino, las disconformidades o incidencias derivadas de los mismos deberá ser tratada directamente por el viajero con el proveedor directamente.  
  1. Modificaciones antes de la salida

El Organizador prestará la totalidad de los servicios como acordado precontractualmente con el viajero, pudiendo producirse las siguientes modificaciones:
  1. Revisión del precio, según lo expuesto en el apartado anterior;
  2. Por razones de organizativas, cambio de alguno de los servicios de manera insignificante para la ejecución del viaje, o cambio sustancial de algún componente del viaje;
  3. Imposibilidad de cumplir con algún servicio especial requerido por el
Toda modificación de un elemento del viaje será comunicada al viajero en el mínimo plazo posible desde el conocimiento del cambio por el Organizador. Se incluirá el detalle del servicio que se propone modificar, cuál es la alternativa al cambio, su precio y la devolución o incremento de precio si lo requiriese y el plazo de respuesta a la notificación del cambio, así como que la falta de respuesta implicará por defecto la resolución sin penalización del contrato. En caso de un cambio sustancial en el viaje, de un incremento de precio de más del 8% sobre el presupuesto aceptado, o de la imposibilidad de confirmar un servicio especial requerido, el viajero podrá aceptar el cambio propuesto, solicitar una nueva alternativa de viaje de categoría equivalente o superior, o desistir del viaje sin penalización. Si la única alternativa de viaje sustitutivo fuese de calidad inferior al viaje del contrato, y el viajero la acepta, el viajero tendrá derecho a la reducción del precio correspondiente al cambio. Si opta por resolver el contrato, el reembolso de cualquier importe que hubiese abonado se producirá en los 14 días naturales siguientes a la notificación por escrito de dicha intención, siempre a través de la agencia de viajes. En paralelo, se podrá producir una indemnización por daño o perjuicio en el caso de que se pueda justificar como derivada de la resolución del contrato.
  1. Modificaciones durante el viaje y ejecución del contrato

Los servicios prestados durante el viaje se considerarán prestados con conformidad salvo notificación expresa de lo contrario. El viajero deberá manifestar cualquier disconformidad sin la menor demora al Organizador y/o a la agencia minorista. En el caso de que se compruebe que alguno de los servicios incluidos en el viaje no se presta con conformidad con el contrato, el Organizador y, en su caso, la agencia minorista, deberán subsanar la falta de conformidad, excepto si resulta imposible o tiene un coste desproporcionado, teniendo en cuenta la gravedad de la falta de conformidad y el valor de los servicios del viaje afectados. Si no concurre ninguna de las excepciones anteriores y una falta de conformidad no se subsana en un plazo razonable establecido por el viajero o la agencia se niega a subsanarla o requiere de solución inmediata, el propio viajero podrá hacerlo y solicitar el reembolso de los gastos necesarios a tal efecto. En este caso, es necesario haber puesto la disconformidad en conocimiento del Organizador y haber dado la oportunidad correspondiente de subsanarla antes de realizar gestiones por cuenta propia. El viajero está obligado a tomar las medidas que sean necesarias y/o adecuadas para tratar de aminorar los daños que puedan derivarse de la no ejecución o ejecución defectuosa del contrato para evitar que se agrave, informando al Organizador de forma inmediata a través de los medios de contacto 24 horas facilitados en la documentación del viaje. Los daños que deriven de no haber adoptado tales medidas serán responsabilidad del viajero. Derecho de admisión Es obligación del viajero velar y hacer posible el buen grado de convivencia y armonía durante los viajes en los que se comparten servicios con guías, conductores y otros viajeros, por lo que podrá ser excluido del grupo un viajero que perturbe tal convivencia.   Faltas de conformidad Cuando una proporción sustancial de los servicios del viaje no pueda prestarse según lo convenido en el contrato, el Organizador o, en su caso, la agencia minorista, ofrecerá sin coste adicional alternativas adecuadas para la normal continuación del viaje. Dichas alternativas, a ser posible, deberán ser de calidad equivalente o superior y  si fueran de calidad inferior, se aplicará una reducción adecuada del precio. El viajero sólo podrá rechazar las alternativas ofrecidas si no son comparables a lo acordado en el viaje combinado o si la reducción de precio es inadecuada. Si el viajero continúa el viaje con las soluciones dadas por el Organizador, se considerará que acepta tácitamente dichas propuestas.  Derecho de reducción del precio, indemnización y sus límites Si no es posible encontrar fórmulas de viaje alternativas o el viajero rechaza por no ser comparables a lo acordado en el viaje o por ser inadecuada la reducción de precio ofrecida, el viajero tendrá derecho, tanto a una reducción de precio como a una indemnización sin que se ponga fin al contrato de viaje combinado. En estos dos últimos casos si el viaje combinado incluye el transporte de pasajeros, el Organizador y, en su caso, la agencia minorista, estarán también obligadas a ofrecer la repatriación al viajero en un transporte equivalente sin dilaciones indebidas y sin coste adicional. En circunstancias inevitables y extraordinarias, si es imposible garantizar el retorno del viajero según lo previsto en el contrato debido a circunstancias inevitables y extraordinarias, el Organizador o, en su caso, la agencia minorista, asumirán el coste del alojamiento que sea necesario, de ser posible de categoría equivalente, por un periodo no superior a tres noches por viajero, salvo que en la normativa europea de derechos de los pasajeros se establezca un periodo distinto. Esta limitación de costes no será aplicable a las personas con discapacidad o movilidad reducida ni a sus acompañantes, a mujeres embarazadas, a menores no acompañados, ni tampoco a las personas con necesidad de asistencia médica específica, si sus necesidades particulares han sido informadas por escrito al Organizador o, en su caso, a la agencia minorista, al menos 48 horas antes del inicio del viaje. En ningún caso, todo aquello no incluido en el contrato de viaje combinado (como, por ejemplo, billetes de  transporte desde el lugar de origen del pasajero hasta el lugar de salida del viaje, o viceversa, reservas de hotel en días previos o posteriores al viaje, etc.) será responsabilidad del Organizador, no existiendo obligación de indemnizar por esos posibles gastos de servicios independientes. Las indemnizaciones por daños y perjuicios que deba pagar el Organizador y en su caso el minorista se verán restringidas por aquellos límites aplicables a los prestadores de servicios de viaje incluidos en el viaje combinado. Tratándose de daños no corporales las indemnizaciones tendrán un límite del triple del importe del precio total del viaje siempre que no medie dolo o negligencia en la producción del daño y deberán ser siempre acreditados por el viajero. Las limitaciones anteriores no se aplicarán a los daños corporales. El viajero no tendrá derecho a una indemnización por daños y perjuicios si el organizador o, en su caso, el minorista, demuestran que la falta de conformidad es:
  1. a) Imputable al viajero;
  2. b) Imputable a un tercero ajeno a la prestación de los servicios contratados e imprevisible o inevitable; o,
  3. c) Debida a circunstancias inevitables y extraordinarias.
La indemnización o reducción de precio concedida en virtud del Real Decreto Legislativo 1/2007 y de los anteriores reglamentos y en su caso los convenios internacionales de aplicación se deducirán la una de la otra para evitar el exceso de indemnización.
  1. Asistencia al viajero

El Organizador y, en su caso, la agencia minorista, están obligadas a proporcionar una asistencia adecuada y sin demora indebida al viajero en dificultades, especialmente en el caso de circunstancias extraordinarias e inevitables que debe consistir en el suministro de información adecuada de servicios sanitarios, autoridades locales y asistencia consular y en la asistencia para establecer comunicaciones a distancia y la ayuda para encontrar fórmulas alternativas. Si la dificultad se ha originado intencionadamente o por negligencia del viajero, el Organizador o la agencia minorista podrá facturar un recargo razonable por dicha asistencia al viajero. Dicho recargo no podrá superar los costes reales en los que haya incurrido la agencia.
  1. Equipajes

A todos los efectos y en cuanto al transporte terrestre se refiere, se entenderá que el equipaje y demás enseres personales del viajero los conserva consigo, cualquiera que sea la parte del vehículo en que vayan colocados, y que se transporta por cuenta y riesgo del viajero. Se recomienda a los viajeros que estén presentes en todas las manipulaciones de carga y descarga de los equipajes. En cuanto al transporte aéreo, ferroviario, marítimo o fluvial de equipaje, son de aplicación las condiciones de las compañías transportadoras, siendo el billete de pasaje el documento vinculante entre las citadas compañías y el viajero, y que se debe conservar en todo momento durante la duración del transporte. Las restricciones de equipaje vendrán determinadas por las normas de cada transportista. En el supuesto de sufrir algún daño o extravío el viajero deberá, presentar, en el acto, la oportuna reclamación a la Compañía de Transportes. La Agencia Organizadora se compromete a prestar la oportuna asistencia a los clientes que puedan verse afectados por alguna de estas circunstancias.
  1. Desistimientos, cesiones y cancelaciones

Resolución por el viajero
  • El viajero podrá desistir del viaje y resolver el contrato en cualquier momento, siempre que lo notifique por escrito antes del inicio del primer servicio del viaje.
  • El Organizador y la agencia minorista reembolsarán al viajero los importes abonados por el viaje, deduciendo las penalizaciones en las que se haya incurrido, cuyos importes y plazos serán informados en la confirmación y el contrato de viaje combinado.
  • El importe final de la penalización se basa en la recuperación de costes de los proveedores y del uso alternativo de los servicios del viaje.
  • No obstante, si concurren circunstancias inevitables y extraordinarias en el destino o en las inmediaciones que afecten significativamente a la ejecución del viaje o al transporte de los pasajeros al lugar de destino, cuya prueba objetiva consistirá en la prohibición expresa de viajar del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, el viajero podrá resolver el contrato antes de su inicio sin penalización alguna y con derecho a reembolso de todos los pagos a cuenta del viaje que hubiera efectuado.
  • La penalización establecida se aplicará igualmente cuando el desistimiento se produzca por circunstancias personales del viajero, pues no se consideran circunstancias inevitables o extraordinarias a tal efecto. Si existen condiciones de cancelación específicas para un viaje determinado, serán indicadas en el apartado “Política de Cancelación” de la oferta.
  • Si no existiesen condiciones específicas, se aplicarán los gastos de cancelación establecidos a continuación.
  • Gastos de gestión: 60 € por persona en el caso de otros paquetes, a partir de las 24 horas laborables tras la confirmación del viaje.
  • Gastos de proveedores cuyo valor depende de los días de antelación con que se comunica la cancelación del viaje al Organizador, como se informa en la confirmación del viaje
  • Gastos de penalización con los que se indemniza al Organizador, que dependen de los días de antelación con que se comunica la cancelación del viaje al Organizador, como sigue:
    • El 5% del valor total del viaje si el desistimiento se produce entre 15 y 11 días antes de la fecha de salida
    • El 15% del valor total del viaje si se produce entre 10 y 3 días antes de la fecha de salida
    • El 25% del valor total del viaje si se produce en las 48 horas anteriores a la fecha de dalisa
  • Cancelación del viaje por el Organizador
Si el Organizador cancela el contrato por causas no imputables al viajero, deberá reintegrar la totalidad de los pagos realizados por el viajero. No será responsable de pagar ninguna compensación adicional al viajero si la cancelación se debe a que:
  1. El número de personas inscritas para el viaje combinado es inferior al número mínimo especificado en el contrato y el Organizador notifica al viajero la cancelación en el plazo fijado en el mismo, que a más tardar será de: 20 días antes del inicio en caso de viajes de más de 6 días de duración; 7 días en viajes de entre 2 y 6 días; 48 horas en viajes de menos de 2 días.
  2. El organizador se ve en imposibilidad de ejecutar el contrato por circunstancias inevitables y extraordinarias y se notifica la cancelación al viajero sin demora indebida antes del inicio del viaje
El Organizador procederá al reembolso correspondiente a través de la agencia minorista, sin demora indebida y en el plazo máximo de 14 días naturales. Cesión de la reserva El viajero podrá ceder su reserva a una tercera persona para realizar el viaje combinado. La cesión deberá ser comunicada por escrito al Organizador con una antelación mínima de 7 días naturales a la fecha de inicio del viaje, la cual únicamente podrá repercutir al viajero los costes soportados a causa de la cesión. En todo caso, el viajero y la persona a quien haya cedido la reserva responden solidariamente ante la agencia del pago del resto del precio, así como de cualquier comisión, recargo y otros costes adicionales que pudiera haber causado la cesión.  
  1. Responsabilidad

Los organizadores y los minoristas de viajes combinados responderán frente al viajero del correcto cumplimiento de los servicios de viaje incluidos en el contrato en función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito de gestión del viaje combinado, con independencia de que estos servicios los deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores. No obstante lo anterior, el viajero podrá dirigir las reclamaciones por el incumplimiento o cumplimiento defectuoso de los servicios que integran el viaje combinado indistintamente ante organizadores o minoristas, que quedarán obligados a informar sobre el régimen de responsabilidad existente, tramitar la reclamación de forma directa o mediante remisión a quien corresponda en función del ámbito de gestión, así como a informar de la evolución de la misma al viajero aunque esté fuera de su ámbito de gestión. La falta de gestión de la reclamación por parte del minorista supondrá que deberá responder de forma solidaria con el organizador frente al viajero del correcto cumplimiento de las obligaciones del viaje combinado que correspondan al organizador por su ámbito de gestión. De igual modo, la falta de gestión de la reclamación por parte del organizador supondrá que deberá responder de forma solidaria con el minorista frente al viajero del correcto cumplimiento de las obligaciones del viaje combinado que correspondan al minorista por su ámbito de gestión. En estos supuestos, le corresponderá al minorista u organizador, en su caso, la carga de la prueba de que ha actuado diligentemente en la gestión de la reclamación y, en cualquier caso, que ha iniciado la gestión de la misma con carácter inmediato tras su recepción. Quien responda de forma solidaria ante el viajero por la falta de gestión de la reclamación tendrá el derecho de repetición frente al organizador o al minorista al que le sea imputable el incumplimiento o cumplimiento defectuoso del contrato en función de su respectivo ámbito de gestión del viaje combinado. Cuando un organizador o un minorista abone una compensación, en función de su ámbito de gestión, conceda una reducción del precio o cumpla las demás obligaciones que impone esta ley, podrá solicitar el resarcimiento a terceros que hayan contribuido a que se produjera el hecho que dio lugar a la compensación, a la reducción del precio o al cumplimiento de otras obligaciones. El Organizador y en su caso, la agencia minorista, será responsable por las consecuencias derivadas de los errores técnicos que se produzcan en el sistema de reservas que le sean atribuibles, así como los errores cometidos durante el proceso de reserva cuando hayan aceptado gestionar la organización de un viaje combinado. El Organizador y en su caso, la agencia minorista, no será responsable de los errores de la reserva atribuibles al viajero ni cuando se produzcan situaciones inevitables y extraordinarias.
  1. Prescripción de acciones

El plazo de prescripción de las acciones derivadas de los derechos reconocidos en la normativa específica sobre viajes combinados y demás disposiciones vigentes y concordantes será de dos años, según queda establecido en el Libro Cuarto del Real Decreto Legislativo 1/2007.
  1. Pasaportes, visados y documentación

Todos los viajeros, sin excepción (menores incluidos), deberán llevar en regla su documentación personal y familiar correspondiente, sea el pasaporte o D.N.I., según las leyes del país o países que se visitan. Es recomendable conocer la necesidad de vigencia de este documento identificativo en destino, pues por norma general los países requieren que el pasaporte de los visitantes tenga al menos 6 meses de vigencia desde la entrada al país. Será por cuenta de estos cuando los viajes así lo requieran la obtención de visados, autorización paternal de un menor, certificados de vacunación, etc. En el caso de ser rechazada por alguna autoridad la concesión de un visado por causa particular del viajero, o ser denegada su entrada en el país por carecer de los requisitos que se exigen, o por defecto en la documentación exigida, o por no ser portador de la misma, el Organizador declina toda responsabilidad por hechos de esta índole, siendo por cuenta del viajero cualquier gasto que se origine, aplicándose en estas circunstancias las condiciones y normas establecidas para los supuestos de desistimiento voluntario de servicios. Se recuerda igualmente a todos los viajeros, y en especial a los que posean nacionalidad distinta a la española, que deben asegurarse de tener cumplidas todas las normas y requisitos aplicables en materia de documentación antes de iniciar el viaje, a fin de poder entrar sin problemas en todos los países que vayan a visitarse. Los menores de 18 años deben llevar un permiso escrito firmado por sus padres o tutores, en previsión de que el mismo pueda ser solicitado por cualquier autoridad. Se recomienda la consulta de las Recomendaciones de Viaje del Ministerio de Asuntos Exteriores (www.mae.es) y que los ciudadanos de otras nacionalidades consulten a su embajada o consulado. También se recomienda consultar las cuestiones sanitarias recomendadas a los viajeros en general y las específicas del destino en el Ministerio de Sanidad (https://www.mscbs.gob.es).
  1. Información que la agencia minorista debe facilitar al viajero

En el momento de formalizar el contrato del viaje combinado, el viajero debe recibir de la agencia minorista la información sobre la documentación necesaria para realizar el viaje elegido. Deberá asesorar sobre la opción de la suscripción facultativa de un seguro de viaje que cubra los posibles gastos de cancelación y/o un seguro de asistencia en viaje que cubra los gastos médicos y de repatriación. Por último, debe informar de los riesgos probables implícitos al destino y al viaje contratado, según se solicita en el RD Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre.

14. Tee Times

Los campos de golf se reservan el derecho a modificar las horas de salida confirmadas. Si el campo de golf decide cancelar su reserva o cambiar su hora de salida trataremos de encontrar una alternativa adecuada. Se le cobrará o reembolsará por cualquier diferencia respecto del coste original. Tales cambios no le da derecho a cancelar su viaje cuando éste forma parte de un paquete. Por favor tenga en cuenta que algunos campos de golf le pueden emparejar con otros golfistas durante las horas punta. Si no se presenta y green fees no utilizados: Esto no dará derecho a ningún jugador a un reembolso en cualquiera de los campos de golf seleccionados. Los green fees no utilizados no serán reembolsados.

15. Condiciones del campo de golf

No podemos hacernos responsables por las condiciones de juego reales de los campos de golf ya sea causada por supuesto mantenimiento o condiciones meteorológicas, etc. El cierre del campo de golf, debido a las malas condiciones meteorológicas es a discreción del propio campo de golf.

16. Certificados de Handicap

En algunos casos, debe presentarse un certificado de handicap antes de jugar. Le recomendamos que porte un certificado con usted para evitar cualquier decepción. El pago del depósito establecido en cualquiera de nuestros tours por la persona o personas titulares de la reserva o participantes del programa se considerará como un aceptación por parte de cada uno de ellos de todos los términos y condiciones de estas condiciones generales de venta.

17. Vigencia

Estas Condiciones Generales estarán vigentes hasta su sustitución por otras nuevas.

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